Según el artículo 3.b) de la Ley 4/2016, de 15 de diciembre, de Transparencia y Buen Gobierno de Castilla-La Mancha, es la obligación, en los términos previstos en la presente ley, de difundir de forma permanente, veraz y objetiva la información que resulte de relevancia para garantizar la transparencia de la actividad pública. Los sujetos comprendidos en el artículo 4 de esta ley deben suministrar la información de carácter relevante de forma veraz, actualizada, objetiva, comprensible y gratuita relativa a las siguientes materias:
- Información Institucional y organizativa.
- Información sobre altos cargos y asimilados.
- Información sobre planificación y evaluación.
- Información de relevancia jurídica.
- Información sobre procedimientos administrativos y calidad de servicios.
- Información económica, presupuestaria y financiera.
- Información patrimonial y estadística.
- Información sobre contratación Pública.
- Información sobre convenios, encomiendas y encargos.
- Información sobre subvenciones y ayudas públicas.
- Información ambiental.
- Información sobre ordenación territorial, urbanística y vivienda.
- Información sobre cuentas abiertas.